En agosto de 2026 se conoció la prohibición de funcionamiento de un establecimiento de larga estadía para adultos mayores (ELEAM), investigado por una presunta agresión sexual a una residente. El caso volvió a instalar una pregunta que en Chile todavía no tiene una respuesta regulatoria clara: ¿quién y cómo se fiscaliza realmente la prevención de abuso dentro de las residencias de adultos mayores?

A diferencia de lo que ocurre en educación, donde existe hoy un marco normativo específico y cada vez más exigente, la Ley de Escuelas Protegidas, la Ley N° 21.809 y su Boletín 18.156-04, el sector de los ELEAM opera con una regulación considerablemente menos desarrollada en esta materia específica.

Cómo funciona hoy la regulación de los ELEAM

Los ELEAM en Chile, ya sean públicos, privados o gestionados por organizaciones sin fines de lucro, requieren autorización sanitaria de la Secretaría Regional Ministerial (Seremi) de Salud correspondiente, entidad que también tiene a su cargo la fiscalización. La Ley N° 21.195 y sus reglamentos establecen derechos básicos para las personas residentes: espacio personal, intimidad en el aseo e higiene, comunicación de quejas y opiniones, y restricciones a las visitas solo por indicación médica fundada.

Lo que no existe, hoy, es un instrumento equivalente a lo que la Ley de Escuelas Protegidas exige a los colegios: la obligación explícita de contar con un protocolo formal de prevención de abuso, con responsables designados, canales de denuncia definidos y procedimientos de investigación con plazos claros.

El proyecto de ley que actualmente se discute en el Senado ,que obligaría a los ELEAM a instalar cámaras de grabación como medio de prueba, es un avance en esa dirección, pero aborda solo una parte del problema: la evidencia posterior a un hecho, no la prevención antes de que ocurra.

Por qué este sector tiene un riesgo particular

Las personas mayores que viven en un ELEAM comparten una condición que los hace especialmente vulnerables frente al abuso:

  • Dependencia total del personal de cuidado, muchas veces para actividades tan básicas como el aseo, la alimentación o la movilidad.
  • Dificultad para comunicar lo que les ocurre, ya sea por deterioro cognitivo, por temor a represalias, o por la ausencia de redes familiares activas que puedan advertir señales de alerta.
  • Baja frecuencia de fiscalización externa, en comparación con la supervisión que reciben, por ejemplo, los establecimientos educacionales.

A esto se suma un dato relevante: una parte importante de las personas que ingresan a un ELEAM llegan derivadas por tribunales de familia, tras haber sufrido previamente violencia intrafamiliar o maltrato. Es decir, muchos residentes ya arrastran una historia de vulneración antes de ingresar al establecimiento que debería protegerlos.

Qué debería incorporar un ELEAM para tomar en serio la prevención

Más allá de lo que la ley termine exigiendo, un establecimiento que quiera adelantarse al riesgo, y no simplemente cumplir el mínimo regulatorio, debería trabajar, al menos, en:

  1. Selección y verificación de personal. No solo al momento de la contratación, sino con mecanismos de revisión periódica, especialmente para quienes tienen contacto directo y sin supervisión con residentes.
  2. Capacitación específica en reconocimiento de señales de maltrato y abuso, y en cómo actuar frente a una sospecha, no solo frente a una denuncia formal.
  3. Supervisión sostenida de las interacciones cotidianas, más allá de lo que una cámara pueda registrar en espacios comunes.
  4. Canales de denuncia accesibles, considerando que muchos residentes no pueden usar los canales convencionales; esto implica pensar también en cómo familiares y visitas pueden reportar señales de alerta.
  5. Un protocolo de investigación con plazos definidos, que no dependa de que un caso se judicialice para activarse, sino que también se inicie frente a incidentes que sean señales de advertencia y no necesariamente delitos.

La brecha que hay que cerrar

El sector salud, en lo que respecta a residencias de adultos mayores, está hoy donde estaba el sector educación antes de que se instalara con fuerza la discusión sobre protocolos formales de prevención. La diferencia es que en educación ya existe un marco legal específico que empuja a las instituciones a avanzar; en el caso de los ELEAM, ese empuje regulatorio recién está tomando forma, y en gran parte del sector todavía depende de la voluntad propia de cada organización.

Esperar a que la ley termine de definir ese marco es una opción. Adelantarse, evaluando hoy las propias brechas bajo un modelo de prevención estructurado, es otra.

Praesidium Chile trabaja con instituciones de salud en la evaluación de su madurez preventiva bajo el marco de la Safety Equation®, considerando selección de personal, supervisión, capacitación y canales de denuncia adaptados a poblaciones vulnerables.