Con la ratificación de la Convención Internacional de los Derechos del Niño en 1990, Chile se comprometió a reconocer a niños, niñas y adolescentes como sujetos de derecho y, por tanto, a la prevención, promoción y protección de sus derechos.

En marzo de 2022 se publicó la ley Nº 21.430 sobre Garantías y Protección Integral de los Derechos de la Niñez y Adolescencia. Esta ley tiene por objeto establecer un estatuto de garantía y protección integral de los derechos de niños, niñas y adolescentes (NNA) a través de la creación de un sistema compuesto por un conjunto de políticas, instituciones y normas cuyo objetivo es respetar, fomentar y salvaguardar el desarrollo físico, mental, espiritual, moral, cultural y social de la niñez y adolescencia.

Asimismo, la ley consagra a la familia, el Estado y a la sociedad completa, como principales responsables de respetar, promover y proteger los derechos de los NNA.

Con la creación de esta nueva institucionalidad, Chile avanza hacia un importante cambio cultural que busca transitar desde lo reactivo (respuesta cuando ya se ha cometido el delito) a lo preventivo (evitar la ocurrencia del delito), buscando evitar que las vulneraciones de derechos hacia NNA ocurran.

Ahora bien, ¿cómo se concreta este mandato en materias de prevención de abuso sexual infantil? Dentro de la serie de principios, derechos y garantías que esta nueva ley promueve, se encuentra el derecho a la protección contra la violencia, que establece que todo NNA tiene derecho a ser tratado con respeto y ninguno podrá ser sometido a violencia, malos tratos físicos o psíquicos, descuidos o tratos negligentes, abusos sexuales o de cualquier otra índole, venta, trata, explotaciones, tortura u otro trato ofensivo o degradante.

La ley encomienda un mandato específico a establecimientos educacionales para concretar la protección de este derecho: deben contar con protocolos para prevenir, sancionar y reparar las conductas constitutivas de cualquier tipo de acoso y violencia sexual, y con mecanismos de prevención, resolución y reparación de las distintas formas de bullying escolar.

Para cumplir con esta exigencia legal, es fundamental que los establecimientos definan una ruta que les permita transitar a una real cultura de seguridad. Para esto, Praesidium sugiere:

  • Hacer una revisión de sus políticas y normas. Las normas de prevención de abuso en su organización deben ser documentos “vivos”. ¿Qué aprendimos el año pasado respecto a incidentes, traspasos de límites o infracciones de normas que podrían sugerir la necesidad de una revisión? ¿Se identificaron nuevos riesgos que deben abordarse con el desarrollo e incorporación de una nueva norma? ¿Nuestros políticas cubren aspectos como la comunicación en redes sociales?
  • Asegurar que la normativa del establecimiento cumple con los requisitos legales vigentes en Chile acerca de la denuncia obligatoria de delitos y aquellos para denunciar el abuso sexual infantil.
  • Desarrollar una sólida malla de capacitación. Capacitar a quienes forman parte de la comunidad escolar es una oportunidad para mantener presentes las iniciativas que buscan fomentar una cultura de seguridad para cada uno de los miembros y no solo para los estudiantes.
  • Realizar una revisión de registros internos para identificar denuncias históricas, patrones de traspasos de límites e investigaciones con el fin de buscar ambientes y espacios seguros.

La Consultora Praesidium tiene una experiencia de más de 30 años en la prevención de abusos de NNA y puede apoyar en el diagnóstico del establecimiento, para detectar sus fortalezas y brechas de riesgo internas y complementar sus actuales documentos, facilitando y racionalizando las políticas de manera de dar cumplimiento de la ley por parte del establecimiento escolar.