Adportas de una nueva conmemoración del día internacional de la mujer, ayer el Congreso Nacional despachó para convertirse en ley, tras 7 años de tramitación, el proyecto de ley integral de protección contra la violencia de género. Esta normativa tiene por objeto la prevención, sanción y erradicación de la violencia contra la mujer por motivos de género y regula distintos mecanismos de prevención, protección, atención, reparación y acceso la justicia para lograrlo.
Define el concepto de violencia de género, enumera diversos tipos como física, psicológica, sexual, económica, simbólica, institucional, política, laboral y gineco-obstétrica, y reconoce como violencia de género aquella ejercida contra un niño, niña y adolescente con el objeto de dañar a sus madres o cuidadoras.
En el ámbito de la prevención, el Estado adquiere un rol primordial en la adopción de medidas destinadas a la prevención, sanción y erradicación y que deben atender objetivos específicos establecidos por la misma ley. A la luz de la Ecuación de Seguridad de Praesidium, la ley considera entre otras, medidas que abarcan las áreas de Políticas y Normas, Retroalimentación, Respuesta y especialmente Capacitación, no solo a los mismos funcionarios y funcionarias públicos, sino que también, capacitación a la misma ciudadanía.
Si bien este es otro paso en el que Chile avanza desde una cultura de exclusiva respuesta hacia una de prevención, es importante que todos sintamos un nivel de compromiso durante esta transición y no solo los organismos del Estado. Para crear una verdadera cultura preventiva, todos los ciudadanos deben reconocer su rol y ser agentes de cambio; rol que cuesta menos adjudicar cuando existe una política o, en este caso, una ley que lo respalda.
Será interesante analizar cómo en una segunda etapa, se desafiará a los privados a pasar de un desconocimiento en términos de implementación de medidas preventivas contra la violencia de género, hacia un cumplimiento y eventual compromiso, considerando que esta responsabilidad pareciera recaer exclusivamente en quienes forman parte del Estado.